Prácticas de tiro en la Jefatura de la Policía Local (2ª. parte)‏

SUMA Y SIGUE:

Nuevas irregularidades detectadas en la apertura del expediente sancionador, han propiciado la solicitud por parte de este Sindicato de declaración de nulidad de pleno derecho, como consecuencia de vulneración a lo establecido en el artículo 16.3 del Real Decreto 884/1989, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía que literalmente establece: "la resolución por la que se acuerde su incoación deberá ser debidamente registrada"

Como puede observarse en la copia compulsada de la Providencia por la que se acuerda la apertura del expediente sancionador que reproducimos a continuación, ésta carece de registro alguno. (Seguiremos informando).




Copia compulsada de la Providencia
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Solicitud de declaración de nulidad de pleno derecho
(cliquea sobre la imagen para su ampliación)

Previsión del Tiempo